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consiste el TFG a principios del curso académico en el que cursa la asignatura. En 
relación a las competencias investigativas de los alumnos y alumnas, un estudio 
de Rubio, Torrado, Quirós y Valls (2018, pp. 335-354), referido a la percepción 
que el discente del Grado de Pedagogía de la Universidad de Barcelona tiene 
de las competencias investigativas, concluye que considera tener un nivel medio 
alto de dichas competencias y que este es menor en búsquedas bibliográficas 
especializadas, también en cómo citar e implementar las técnicas cuantitativas.
Para contribuir a que el alumnado pueda mejorar parte de estas carencias, 
hemos diseñado una actividad, consistente en plantearles a los estudiantes del 
tercer curso del Grado de Historia de la Universidad de Málaga que realicen una 
propuesta de TFG. En concreto, las referidas a la elección de un tema de TFG, 
incluida la labor de búsqueda de bibliografía y documentos que le aseguren 
que la investigación planteada es factible. 
El marco normativo de los Trabajos de Fin de Grado
En este texto nos interesa la normativa de Trabajos de Fin de Grado aplicada a 
España ya que la actividad planteada se ha desarrollado en el marco del Grado 
de Historia de la Universidad de Málaga. El Real Decreto 1393/2007, de 29 de 
octubre de 2007
1
 , dedicado a la ordenación de la enseñanza universitaria, en 
su artículo 12 sobre el diseño de los títulos de Graduado, establece que dichas 
enseñanzas terminarán con la elaboración por el discente de un TFG, que 
desarrollará mediante la asignatura que recibe la misma denominación y tendrá 
entre 6 y 30 créditos, que obligatoriamente deberá realizarse en el último curso 
de la titulación. Respecto de ese número de créditos, el Real Decreto 43/2015
2
  
fija un límite máximo del 12.5 % de los créditos dependiendo de los que tenga 
el título, entre 180 y 240. En el caso que nos ocupa dicha asignatura es de 6 
créditos y se cursa en el segundo cuatrimestre del último curso. En la Universidad 
de Málaga, las nuevas titulaciones empezaron su andadura en el curso 2009-
2010, en el curso 2012-2013 fue el primero en el que se presentaron TFGs.
 
Es competencia de las universidades regular de los TFGs los aspectos docentes 
y organizativos de la asignatura, a través de la aprobación de la normativa y de 
las Memorias de Verificación de cada título. El Reglamento del Trabajo de Fin de 
Grado de la Universidad de Málaga fue aprobado por el Consejo de Gobierno 
el 25 de julio de 2017. En el mismo se establece que el TFG debe plantearse 
para completar la adquisición de las competencias generales del Grado, así 
como las definidas en la ficha descriptiva de la Memoria de Verificación de la 
titulación. Debe cumplir un doble propósito formativo. Por un lado, desarrollar 
competencias de carácter específico ya que se trata de un trabajo de carácter 
científico, técnico o humanístico para “resolver, describir o analizar un problema 
concreto o para realizar una tarea o procedimiento”
3
  (p. 2). Por otro, debe 
fomentar competencias transversales vinculadas con la comunicación oral y 
escrita, localizar y analizar documentación, así como organizar las actividades 
autónomas y tomar decisiones. En definitiva, se trata de un trabajo autónomo 
que el alumno realizará bajo la guía de un tutor que le facilitará el proceso de 
aprendizaje. Otro requisito imprescindible es que tiene que ser un trabajo original 
que no pude haberse presentado previamente para superar otras asignaturas de 
cualquier título universitario.
1 
Real Decreto 1393/2007, del 27 de octubre de 2007, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas 
universitarias. Boletín Oficial del Estado, 30 octubre 2007.
2 
Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero de 2015, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, 
por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Boletín Oficial del Estado, 3 febrero 2015.
3 
Universidad de Málaga. Reglamento de Trabajo de Fin de Grado de la Universidad de Málaga, aprobado por el 
Consejo de Gobierno de 25 de julio de 2017. Recuperado de https://www.uma.es/secretariageneral/newsecgen/index.
php?option=com_content&view=article&id=755:rtfg-1718&catid=22&Itemid=124