64.
Marcos de referencia de la Educación Inclusiva para
personas con discapacidad y su incidencia en la
Educación Superior en El Salvador
Resumen
En el presente artículo se presenta
una comparación de los marcos de
referencia para la implementación
de la educación inclusiva en El
Salvador, específicamente para
las personas con discapacidad
física en la educación superior.
Se analiza cómo, a partir de la
Declaración Mundial sobre Educación
para Todos realizada en Jomtien
(Tailandia) en 1990, El Salvador
incorpora la educación inclusiva
para personas con discapacidad en
dos legislaciones específicas: la Ley
de Equiparación de Oportunidades
para Personas con Discapacidad y la
Política de Educación Inclusiva.
Palabras clave: Educación inclusiva,
discapacidad, educación superior.
Abstract
In this article a comparison of the
frameworks for the implementation
of inclusive education in El Salvador,
specifically for people with physical
disabilities in higher education is
carried out. It analyzes how from
the World Declaration on Education
for All, a product of the international
conference of the same name,
held in Jomtien (Thailand) in 1990,
El Salvador incorporates inclusive
education for persons with disabilities
in two specific laws: the Law on
Equalization of opportunities for
Persons with Disabilities and Inclusive
Education Policy.
Keywords: Inclusive education,
disability, higher education.
Artículo
Gorety Campos
8
gorety.campos@udb.edu.sv
Inclusive Education frameworks for people with disabilities and their
incidence in El Salvador Higher Education
ISSN 1996-1642 Universidad Don Bosco, año 13, N° 22, Julio-diciembre 2019
Recibido 1 de febrero de 2019, Aprobado: 19 de junio de 2019
8
Gorety Campos tiene una maestría en ciencias sociales y es profesora titular en la Escuela de
Comunicaciones de la Universidad Don Bosco
Para cita
r este artículo: Campos, G. (2019). Marcos de referencia de la educación inclusiva para
personas con discapacidad y su incidencia en la Educación Superior en El Salvador. Diá-logos, 7(22),
64-78.
65.
Introducción
Este artículo busca cotejar la Conferencia Mundial sobre Educación Para Todos
(EPT) y su relevancia como marco de referencia para promover la Educación
Inclusiva en El Salvador a través de la creación de la Ley de Equiparación de
Oportunidades para las Personas con Discapacidad y la Política de Educación
Inclusiva.
Se reconoce que la educación es un derecho fundamental de los seres humanos
y es un eje central en el progreso de las sociedades. Según la UNESCO
9
(2000),
constituye un elemento clave del desarrollo sostenible y de la paz y estabilidad
en cada país y entre las naciones, y, por consiguiente, un medio indispensable
para participar en los sistemas sociales y económicos del siglo XXI, afectados
por una rápida mundialización. Sin embargo, a pesar de ello, las personas con
discapacidad ven obstaculizado el ejercicio pleno de este derecho, puesto
que esta condición se vuelve una limitante para la accesibilidad del sistema
educativo en general, que enfrenta actualmente el reto de responder a las
distintas necesidades de los seres humanos para cumplir con el compromiso de
brindar educación para todos.
1. Consideraciones conceptuales
Previo a la comparación del marco de referencia internacional y las dos
iniciativas de ley creadas en El Salvador, se vuelve necesario realizar la definición
de conceptos clave con la finalidad de tener una perspectiva específica sobre
el tema de la inclusión educativa.
La Educación Inclusiva es, según la UNESCO (2005), un proceso orientado a
responder a la diversidad de los estudiantes incrementando su participación
y reduciendo la exclusión en y desde la educación. Está relacionada con la
presencia, la participación y los logros de todos los alumnos, con especial
énfasis en aquellos que, por diferentes razones, están excluidos o en riesgo de ser
marginados, constituyendo un impulso fundamental para avanzar en la agenda
de la EPT. El concepto de Educación Para Todos no lleva implícito el de inclusión.
Si bien ambos comparten el objetivo de asegurar el acceso a la educación,
la inclusión implica el acceso a una educación de calidad sin ningún tipo de
discriminación, ya sea dentro o fuera del sistema escolar, lo cual exige una
transformación profunda de los sistemas educativos. Sin inclusión es muy posible
que ciertos grupos de estudiantes sean excluidos por lo que ésta debe ser un
principio orientador de las políticas y programas educativos, con el fin de que la
educación sea para todos y no sólo para una mayoría.
El concepto de inclusión, específicamente en el ámbito educativo, se relaciona
actualmente con el logro de los objetivos de la EPT, superando así la perspectiva
de necesidades educativas especiales y ampliando su aspecto no solo a las
personas con discapacidad, sino también aplicado a otros grupos socialmente
excluidos como grupos étnicos o culturas no dominantes, minorías lingüísticas,
personas afectadas por la pobreza, refugiados, jóvenes en riesgo, mujeres,
portadores de VIH/Sida
10
, personas afectadas por conflictos armados o violencia,
entre otros.
9
UNESCO: Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
10
VIH: Virus de Inmunodeficiencia Humana / SIDA: Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
Marcos de
referencia de
la Educacn
Inclusiva para
personas con
discapacidad
y su incidencia
en la Educacn
Superior en El
Salvador
66.
Si la inclusión educativa implica accesibilidad sin ningún tipo de discriminación,
otro concepto importante, que se contrapone al anterior, es la exclusión,
concretamente la exclusión social donde los seres humanos no pueden ejercer
los derechos fundamentales de forma plena. La exclusión significa que hay
grupos que ven limitado el disfrute de las oportunidades económicas, sociales,
culturales y políticas existentes en la sociedad (ONU, 1998)
11
.
Ampliando la explicación de exclusión, se puede mencionar que la exclusión
social va más allá de la pobreza ya que tiene que ver con la ausencia de
participación en la sociedad y con la falta de acceso a bienes básicos y redes
de bienestar social, lo cual conduce a un número cada vez mayor de personas
a quedar fuera de la sociedad y a vivir por debajo de los niveles de dignidad e
igualdad a los que todos tenemos derecho (UNESCO, 2008).
El término exclusión social alude a la imposibilidad de gozar de los derechos
sociales sin ayuda, en la imagen desvalorizada de mismo y de la capacidad
personal de hacer frente a las obligaciones propias, en el riesgo de verse relegado
de forma duradera al estatus de persona asistida y en la estigmatización que
todo ello conlleva para las personas y, en las ciudades, para los barrios en que
residen (Comisión de las Comunidades Europeas, 1992).
La idea generalizada de exclusión se asociaba al ámbito de la condición social
considerada en aspectos económicos principalmente. Sin embargo, en las dos
definiciones anteriores contempla no solo ese aspecto, sino también el ejercicio
de los derechos humanos y la participación plena en la comunidad. La exclusión
social evidencia el incremento de las desigualdades a las que se enfrentan
grupos minoritarios como las personas con discapacidad. Los conceptos hacen
referencia a cómo les afecta en su relación con el entorno con un enfoque que
dirige la mirada más allá de la condición del individuo, en el contexto que se
desarrolla y su interacción con el mismo.
Otro concepto importante de entender es el de discapacidad. Para la OMS
12
(2016), discapacidad es un término general que abarca las deficiencias, las
limitaciones de la actividad y las restricciones de la participación. Las deficiencias
son problemas que afectan a una estructura o función corporal; las limitaciones
de la actividad son dificultades para ejecutar acciones o tareas, y las restricciones
de la participación son problemas para participar en situaciones vitales. Por
consiguiente, la discapacidad es un fenómeno complejo que refleja una
interacción entre las características del organismo humano y las características
de la sociedad en la que vive. Según la ONU (2006), la discapacidad es un
concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas
con deficiencias y las barreras de vida a la actitud y al entorno que evitan su
participación plena y efectiva en una sociedad en igualdad de condiciones con
los demás.
Al comprender que la discapacidad es un concepto cambiante, donde el
entorno juega un papel fundamental para superarla o incluso ser uno de los
mayores obstáculos, se abre la perspectiva a comprender que El enfoque de
discapacidad hace referencia a que es un rasgo de aplicación universal a los
seres humanos, y no un identificador único de un grupo social (Egea, 2001).
11
ONU: Organización de las Naciones Unidas
12
OMS Organización Mundial de la Salud
67.
La discapacidad se vuelve entonces una característica aplicable a cualquier
persona que enfrente una condición de restricción a causa de una deficiencia
(ya sea temporal o permanente) para realizar actividades con normalidad.
Puede que sea temporal debido a enfermedades o accidentes o puede que
ocurra desde el nacimiento. También se puede llegar a ella con el pasar de
los años cuando siendo un adulto mayor, las personas presentan limitantes en
cuanto a sus capacidades.
Los conceptos sobre discapacidad, no solo hacen referencia al individuo, sino
también al entorno en el que se desarrolla para tener una participación plena
en igualdad de condiciones que el resto de las personas. La accesibilidad a la
educación es por tanto una prioridad para los seres humanos, no únicamente
en los niveles básicos ya que un mayor nivel educativo de toda la población
es elemento crucial para el desarrollo humano de un país, tanto para elevar la
productividad como para fortalecer la democracia y ampliar la posibilidad de
las personas para optar por una mejor calidad de vida (UNESCO, 2007).
En ese contexto, es importante dar accesibilidad no solo al nivel básico y medio,
sino también a la Educación Superior con la finalidad de promover el progreso
de un país, y mejorar las condiciones de vida de las personas. La educación
superior será definida a continuación, más allá de un concepto textual, como
el nivel educativo que permite abrir alternativas de progreso de una persona, y
además eleva el nivel de profesionalidad de un país.
La Educación Superior comprende todo tipo de estudios, de formación o de
formación para la investigación en el nivel postsecundario, impartidos por una
universidad u otros establecimientos de enseñanza que estén acreditados por
las autoridades competentes del estado como centros de enseñanza superior
(UNESCO, 1998). También se define como el tercer nivel del sistema educativo
que se articula habitualmente en dos niveles, grado y postgrado (en otros
sistemas denominados pregrado y postgrado). La educación superior se realiza
en instituciones, entre las cuales se mencionan las universidades, los colegios
universitarios e institutos tecnológicos (García, 2005).
Si bien en las definiciones anteriores se hace referencia a la continuidad del
nivel educativo, la UNESCO recalca la importancia de la educación superior al
enunciar que si se carece de instituciones de educación superior e investigación
adecuadas que formen a una masa crítica de personas cualificadas y cultas,
ningún país podrá garantizar un auténtico desarrollo endógeno y sostenible;
los países en desarrollo y los países pobres, en particular, no podrán acortar la
distancia que los separa de los países desarrollados industrializados (UNESCO,
1998).
Además de reconocer la importancia de la educación superior para el progreso
de un país, la UNESCO también señala que se debe facilitar activamente el
acceso a la educación superior de los miembros de algunos grupos específicos,
como los pueblos indígenas, las minorías culturales y lingüísticas, de grupos
desfavorecidos, de pueblos que viven en situación de ocupación y personas
que sufren discapacidades, puesto que esos grupos, tanto colectiva como
individualmente, pueden poseer experiencias y talentos que podrían ser muy
valiosos para el desarrollo de las sociedades y naciones. Una asistencia material
especial y soluciones educativas pueden contribuir a superar los obstáculos con
que tropiezan esos grupos tanto para tener acceso a la educación superior
como para llevar a cabo estudios en ese nivel (UNESCO, 1998).
Marcos de
referencia de
la Educacn
Inclusiva para
personas con
discapacidad
y su incidencia
en la Educacn
Superior en El
Salvador
68.
Se considera entonces que la Educación Superior también debe ser accesible
a todos por igual, siendo inaceptable cualquier forma de discriminación en el
acceso por motivos de raza, sexo, lengua o religión, distinciones económicas,
culturales o sociales o discapacidades físicas.
1.1 Educación como derecho universal
En la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) (DUDH, 1948, art.1o),
se manifiesta que Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
en derechos. Este enunciado se considera un punto de partida en la evolución
histórica de la educación inclusiva. En el mismo documento, también se incorpora
y reconoce a la educación como un derecho humano fundamental, y debe ser
ella universal, gratuita y obligatoria. Además, se menciona que la Educación
Superior debe impartirse igual para todos. En su artículo 26.0, establece que:
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe
ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y
fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción
técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios
superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad
humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las
libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la
amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y
promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el
mantenimiento de la paz.
El reconocimiento de la educación como un derecho igualitario para todos ha
sido un elemento presente en diversas leyes y constituciones de muchos países.
Sin embargo, no es una realidad para grupos socialmente excluidos, como es
el caso de las personas con discapacidad. Los niños con discapacidad tienen
menos probabilidades que sus homólogos no discapacitados de ingresar en la
escuela, permanecer en ella y superar los cursos sucesivos. El fracaso escolar
se observa en todos los grupos de edad y tanto en los países de ingresos altos
como bajos, pero con un patrón más acusado en los países más pobres. Incluso
en países con altos porcentajes de matriculación en la escuela primaria, como
los de Europa oriental, muchos niños con discapacidad no asisten a la escuela
(OMS y Banco Mundial, 2011).
En 1960, durante la Conferencia General de la UNESCO, se aprobó la Lucha
contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, que prohíbe en su
artículo 1: Destruir o alterar la igualdad de trato en la esfera de la enseñanza y, en
especial, excluir a una persona o a un grupo del acceso a los diversos grados y
tipos de enseñanza; limitar a un nivel inferior la educación de una persona o de un
grupo; instituir o mantener sistemas o establecimientos de enseñanza separados
para personas o grupos; o colocar a una persona o grupo de personas en una
situación incompatible con la dignidad humana.
En ese contexto, las personas con discapacidad, siendo parte de los grupos
socialmente excluidos, organizaron y consolidaron el Movimiento de la
Discapacidad en 1970 con la finalidad de asegurar la igualdad de oportunidades
y el ejercicio pleno de sus derechos, sentando así las bases para la inclusión en
distintos ámbitos, entre ellos la educación formal.
69.
Una pauta importante en el reconocimiento de los derechos de la educación
para las personas con discapacidad fue la Convención sobre los Derechos del
Niño (1989), donde se enuncia el compromiso y la obligación de los Estados
respecto a la educación. En el art. 23.3 establece que en atención a las
necesidades especiales del niño, el estado estará destinado a asegurar que el
niño impedido tenga un acceso efectivo a la educación, la capacitación, los
servicios sanitarios, los servicios de rehabilitación, la preparación para el empleo y
las oportunidades de esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto de que
el niño logre la integración social y el desarrollo individual, incluido su desarrollo
cultural y espiritual, en la máxima medida posible.
Esta convención fortaleció el marco jurídico internacional, y permitió vislumbrar
el camino para establecer acuerdos internacionales que posibilitaron el acceso
a la educación para las personas con discapacidad en todos los niveles. Otro
hito importante hacia la educación como derecho fundamental de las minorías
fue la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos, celebrada en Jomtien,
Tailandia, en 1990, donde se logró un acuerdo internacional llamado Declaración
Mundial de Educación para Todos y se definió que la educación para todos es
el compromiso mundial de dar educación de calidad a todos los niños, jóvenes
y adultos”. Esta iniciativa se puso en marcha con el apoyo de instituciones como
UNESCO, PNUD
13
, UNICEF
14
y el Banco Mundial.
En el desarrollo de esta conferencia, los 155 países participantes, entre ellos El
Salvador, se comprometieron a satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje
de todos los individuos, universalizar el acceso y promover la equidad.
En el año 2000, diez años después de Jomtien, se desarrolla en Dakar, Senegal,
el Foro Mundial de Educación para Todos, donde se ratifica el compromiso de
lograr la Educación para Todos desde esa fecha hasta el año 2015, este último
compromiso sienta las bases sólidas para la educación inclusiva.
1.2 Exclusión e inclusión educativa
A pesar de contar con marco jurídico internacional sólido, la educación para
las personas con discapacidad avanza a paso lento. Solo el 10 por ciento de
todos los niños con discapacidad asisten a la escuela, y solo la mitad de los que
empiezan la enseñanza primaria llegan a terminarla (UNESCO, 2007). Algunos
la abandonan después de algunos meses o años, porque obtienen poco de la
experiencia escolar. Esto significa que únicamente el cinco por ciento de todos
los niños con discapacidad del mundo han completado la escuela primaria
(Peters, 2003).
Por su parte, los jóvenes con discapacidad se encuentran entre los más
marginados y pobres del mundo. Habitualmente, son excluidos de la mayoría de
las oportunidades educativas, económicas, sociales y culturales (Groce, 2004). La
exclusión es una realidad creciente, según la ONU, un concepto interdisciplinario
pues viene a complementar el estudio de la pobreza con aspectos tan
importantes como los derechos políticos y la ciudadanía” (ONU, 1998b).
13
PNUD: Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
14
UNICEF: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
Marcos de
referencia de
la Educacn
Inclusiva para
personas con
discapacidad
y su incidencia
en la Educacn
Superior en El
Salvador
70.
Esto significa que afecta diversas áreas en la vida de la población con
discapacidad y afecta su desarrollo, su participación en la comunidad y las
relaciones que establece con la misma.
Las personas con discapacidad constituyen uno de los grupos tradicionalmente
excluidos a nivel social, ya que no ejercen sus derechos plenamente y, en
muchos casos, no gozan de las libertades individuales. Esta realidad se ilustra
en Informe Mundial sobre Discapacidad 2011 donde se afirma que las personas
con discapacidad son las más frecuentemente excluidas, debido a barreras de
diferentes tipos (de información, de pensamiento o actitud y de prácticas) que
encuentran en su medio y les impiden participar de la forma en que debieran
(ONU, 2006).
En el ámbito académico, se puede decir que la exclusión en educación es
un fenómeno de gran magnitud que no se limita a quienes están fuera de
la escuela, porque nunca han accedido a ella o la abandonan debido a la
repetición, la falta de pertinencia de la educación, los obstáculos económicos
o las circunstancias de vida de los estudiantes. La exclusión también afecta a
quienes estando escolarizados son segregados o discriminados por su etnia,
género, su procedencia social, sus capacidades o características personales y
a quienes no logran aprender porque reciben una educación de baja calidad
(Blanco, 2008).
Según la OMS (2014), entre la población con discapacidad se observan desfases
entre las tasas de finalización de los estudios para todos los grupos de edad
y en todos los contextos, con contrastes más pronunciados en los países más
pobres. Siendo El Salvador un país con ingresos bajos, tiene una prevalencia de
discapacidad si consideramos que afecta a unas 410,798 personas de una
población total de 6, 460,336 habitantes (CONAIPD
15
y DIGESTYC
16
, 2015). En el
ámbito educativo, no existe un dato sobre la población con discapacidad que
recibe educación, no hay un censo nacional que brinde las características de
esta población, y tampoco su clasificación en cuanto a niveles educativos.
Según la OMS y el Banco Mundial (2011), las personas con discapacidad
tienen peores resultados sanitarios, peores resultados académicos, una menor
participación económica y las tasas de pobreza más altas que las personas
sin discapacidad. Esta desalentadora realidad coexiste junto a su contraparte,
puesto que, si bien la exclusión a nivel social y educativo está presente en
distintos contextos a nivel mundial, también lo está la inclusión, que constituye
una temática muy amplia debido a las múltiples acepciones generadas por
distintos teóricos y organismos internacionales.
Según la UNESCO (2005), inclusión es un enfoque que responde positivamente
a la diversidad de las personas y a las diferencias individuales, entendiendo que
la diversidad no es un problema, sino una oportunidad para el enriquecimiento
de la sociedad, a través de la activa participación en la vida familiar, en la
educación, en el trabajo y en general en todos los procesos sociales, culturales
y en las comunidades.
15
CONAIPD: Concejo Nacional Atención Integral a la Persona con Discapacidad
16
DIGESTYC: Dirección General de Estadísticas y Censos
71.
A partir de la aplicabilidad del término inclusión, surge la educación inclusiva que
en un principio, se identificaba con un concepto clínico, ya que era confundido
con la educación especial. Esta última dirigida a personas que no podían ser
atendidas en el sistema educativo regular, debido a sus condiciones requerían
un seguimiento médico. Actualmente, de acuerdo con Fernández (2004), se
han superado enfoques terapéuticos o asistenciales, se ha avanzado en la
conceptualización de la discapacidad desde una perspectiva de derechos
humanos y de igualdad de oportunidades.
Para Blanco (2002), por otro lado, en un enfoque más extenso y transformador,
la inclusión educativa es un concepto más amplio, ya que no se trata solo de
lograr el acceso a la escuela común de determinados grupos de alumnos,
tradicionalmente excluidos, sino también de transformar el sistema educativo
en su conjunto para atender la diversidad de necesidades educativas, asegurar
la igualdad de oportunidades en el aprendizaje, y lograr su plena participación
e integración. De esta manera, la inclusión se vuelve un punto medular en la
educación, ya que permitirá modificar el sistema educativo en general, para
minimizar el riesgo de exclusión en los grupos tradicionalmente marginados
como las personas con discapacidad.
En el ámbito educativo, inclusión se define como un movimiento orientado a
transformar los sistemas educativos para responder a la diversidad del alumnado.
Es fundamental para hacer efectivo el derecho a la educación con igualdad de
oportunidades y está relacionado con el acceso, la permanencia, la participación
y los logros de todos los estudiantes, con especial énfasis en aquellos que por
diferentes razones, están excluidos o en riesgo de ser marginados (UNESCO, 2005).
Esta perspectiva va más allá de la educación especial, se relaciona “el hacer
efectivo para todos el derecho a la educación, contemplando la igualdad de
oportunidades, la eliminación de barreras para el aprendizaje y la participación
en el contexto físico social (Dussan, 2005).
La inclusión implica, entonces, el acceso a una educación de calidad sin ningún
tipo de discriminación, ya sea dentro o fuera del sistema escolar, lo cual exige
una transformación profunda de los sistemas educativos. Sin inclusión es muy
posible que ciertos grupos de estudiantes sean excluidos por lo que ésta debe
ser un principio orientador de las políticas y programas educativos, con el fin de
que la educación sea para todos y no sólo para una mayoría (UNESCO, 2008).
2. La Declaración Mundial de Educación para Todos, un referente
internacional
En 1990, la UNESCO, junto a otros organismos internacionales logró que 155 países
se adhirieeran a la iniciativa Educación para Todos (EPT), un compromiso mundial
para dar educación básica de calidad a todos los niños, jóvenes y adultos. Este
compromiso se ratificó en Dakar, Senegal en año 2000, dondese incrementaron
a 164 los gobiernos firmantes.
En palabras de Blanco (2008), la mayoría de los países adoptaronn en sus
políticas y leyes los principios de la Declaración de Educación para Todos (EPT),
pero en la práctica se constató que la educación es para “casi todoso para
la mayoría” y que los excluidos son precisamente quienes más necesitan de ella
para compensar su situación de desventaja educativa y social.
Marcos de
referencia de
la Educacn
Inclusiva para
personas con
discapacidad
y su incidencia
en la Educacn
Superior en El
Salvador
72.
El Salvador firmó la Declaración de Educación para Todos en Jomtien, Tailandia
en 1990, diez años después, en Dakar, ratificó su compromiso. En el marco del
cumplimiento de este convenio participó en la Convención sobre los Derechos
de las Personas con Discapacidad en 2006, Organizada por Naciones Unidas.
En los acuerdos tomados en esa última convención, la Asamblea General
de las Naciones Unidas (2006), el artículo 3 declara que los países firmantes
se comprometen, a tomar, medidas de carácter educativo necesarias para
eliminar la discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su
plena integración en la sociedad. También se comprometen a promover la
integración en la prestación de la educación y para facilitar el acceso a ésta.
El Salvador ha realizado acciones concretas que favorecen en el ámbito de la
educación inclusiva y el cumplimiento de la Declaración Educación para Todos.
En el campo jurídico, una de muestra de dicho compromiso, fue la emisión de la
Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, en
el año 2000; y posteriormente la creación de la Política de Educación Inclusiva en
2010. En ambos documentos toman de referencia el marco legal internacional
a favor de la integración de personas con discapacidad al sistema educativo.
Sin embargo, la integración de otras leyes nacionales que dan respaldo a la
educación a las personas con discapacidad avanza lentamente. Si consideramos
que el 80% del total de personas con discapacidad tienen de 25 años a más
y que su grado de escolaridad es bajo; que de la población que actualmente
tiene 65 años y más, el 44.8 % nunca asistió a la escuela, significa que dicho
segmento poblacional no tuvo oportunidad de competir en el mercado laboral
y en consecuencia no cotizó al sistema previsional, lo cual caual a la vez implica
que no sólo se volverán dependientes económicamente bajo el actual sistema
de pensiones, sino que obligaran al país a desarrollar acciones que garanticen
un piso previsional al colectivo (CONAIPD y DIGESTYC, 2016).
3. Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad
En el año 2000, diez años después de la Declaración Educación Para Todos,
en Tailandia y el mismo año del Foro Mundial sobre la Educación, en Dakar,
Senegal; El Salvador emite la Ley de Equiparación de Oportunidades para las
Personas con Discapacidad. Esta Ley tiene por objeto establecer el régimen de
equiparación de oportunidades para las personas con discapacidades físicas,
mentales, psicológicas y sensoriales, ya sean congénitas o adquiridas (CONAIPD,
2000).
En el capítulo I se establece el objetivo de la ley, derechos y concientización
social. El Artículo 2 establece que la persona con discapacidad tiene derecho
(1) a ser protegida contra toda discriminación, explotación, trato denigrante o
abusivo en razón de su discapacidad. También se establece que tiene derecho
a (2) recibir educación con metodología adecuada que facilite su aprendizaje;
(3) facilidades arquitectónicas de movilidad vial y acceso a los establecimientos
públicos y privados con afluencia de público; (4) a su formación, rehabilitación
laboral y profesional; (5) a obtener empleo y ejercer una ocupación remunerada
y a no ser despedido en razón de su discapacidad; (6) a ser atendida por personal
idóneo en su rehabilitación integral; y tambie a (7) a tener acceso a sistemas de
becas (CONAIPD, 2000).
73.
La educación figura como el segundo derecho para una persona con
discapacidad, además, se hace alusión a la metodología adecuada para
facilitar el aprendizaje, por lo que da una visión más amplia de la educación
donde incluso se contempla el acceso a becas. Para garantizar la participación
plena en la sociedad y el ejercicio de los derechos de las personas con
discapacidad, la ley contempla seis capítulos:
1) Objetivo de la ley, derechos y concientización social
2) Rehabilitación integral
3) Accesibilidad
4) Educación
5) Integración laboral
6) Disposiciones generales
En el capítulo IV referido a la Educación, los artículos del 18 al 20 establecen la
responsabilidad del Estado de proveer educación en todos los niveles para la
población con discapacidad, señala la importancia de integrar a estas personas
al sistema regular de enseñanza (según una evaluación previa) y además
fomentar la formación de recurso humano que atienda a las personas con
necesidades educativas especiales.
La educación garantizaría el desarrollo competencias profesionales que brinden
a las personas con discapacidad la oportunidad de competir en el mercado
laboral, aspirar a mejores condiciones socioeconómicas y tener una participación
efectiva en la sociedad.
4. Política de Educación Inclusiva de El Salvador
Presentada en el año 2010, La Política de Educación Inclusiva toma como
referencia los compromisos adquiridos por el Estado salvadoreño en los diferentes
foros e instancias internacionales que promueven la atención educativa a la
diversidad y más propiamente a la educación inclusiva. Según enuncia este
documento, la política está articulada con los compromisos del plan de
gobierno de la República, su contenido responde a la visión de país y está en
correspondencia con el mandato constitucional de una educación para todos
y todas (MINED
17
, 2010).
Este documento está conformado por dos partes. La primera, la 3.1, es la
fundamentación y contempla el contexto de la política, la comprensión de la
exclusión educativa para orientar el cambio, la necesidad y posibilidad de
una Política de Educación inclusiva, así como valores, enfoques, definiciones,
bases legales y condiciones para el éxito de la política. La segunda, la 3.2, es el
marco estratégico donde se presentan el objetivo estratégico, áreas de acción,
estrategias, líneas de acción, metras estratégicas, monitoreo y evaluación,
coordinación institucional y acciones preparatorias. También se agregan al
escrito dos cuadros anexos sobre la correlación entre áreas de acción, objetivos
y principales estrategias y correlación entre áreas de acción, estrategias y líneas
de acción.
17
MINED: Ministerio de Educación de El Salvador
Marcos de
referencia de
la Educacn
Inclusiva para
personas con
discapacidad
y su incidencia
en la Educacn
Superior en El
Salvador
74.
La política también contrapone los conceptos de exclusión educativa y
educación inclusiva, considerando que esta última es aquella que promueve
oportunidades de acceso, permanencia y egreso educativo en condiciones de
igualdad a todas y todos teniendo como premisa el respeto a las condiciones de
discapacidad, credo, raza, condición social y económica, opción política, etc.
Además, la Política de Educación Inclusiva reconoce que las cifras en materia
de atención a las necesidades educativas de grupos poblacionales vulnerables
demuestran un avance- aunque no suficiente- en el tema de respuestas para
equiparar oportunidades y reducir riesgos de exclusión (MINED, 2010).
También hace énfasis en la educación como un derecho fundamental para
las personas, y se menciona que la exclusión educativa está asociada al déficit
histórico en la promoción de políticas educativas y normativas jurídicas orientadas
al cumplimiento del derecho a una educación integral, oportuna y de calidad,
con equidad y recursos suficientes, es decir una educación para todos y todas,
sin discriminación de ningún tipo. Se considera que la política es una forma de
responder a la urgente necesidad de transformar el sistema educativo, teniendo
como punto de partida, el reconocimiento del derecho de cada niña, niño,
adolescente, joven y persona adulta tiene de recibir educación oportuna y de
calidad (MINED, 2010).
Es importante señalar que, aunque la política está orientada a responder a las
necesidades educativas de todos y todas, su énfasis está puesto en la Educación
Básica, ya que en ella no se hace mención de la Educación Superior. Otro detalle
es que en el proceso de formulación, implementación, seguimiento y evaluación
de la política se integró un Foro de Análisis para la Política de Educación Inclusiva,
para ser un referente consultivo conformado por representantes de diferentes
instituciones y actores nacionales vinculados al tema de educación (ONGs,
Organismos de Cooperación, padres y madres de personas con discapacidad,
etc.). No se mencionan las Instituciones de Educación Superior (IES) como parte
del foro consultado y tampoco figuran dentro de los actores clave para el éxito
de la política, los cuales solo contemplan a: las instituciones del sector público
y gobiernos municipales, programas de responsabilidad social empresarial,
organismos internacionales, Ministerio de Educación, Organizaciones No
Gubernamentales (ONG) y organizaciones comunitarias de apoyo a la Educación
Inclusiva.
Para efectos de esta política, la educación inclusiva se define como el conjunto
de respuestas educativas orientadas a la eliminación gradual y efectiva de las
barreras de acceso y participación que faciliten el cumplimiento del derecho
efectivo a una educación oportuna, integral, de calidad y en condiciones
de equidad. Es un esfuerzo constante de transformar y fortalecer el sistema
educativo, empoderar la escuela y facilitar la participación de la comunidad en
todo el hecho pedagógico (MINED, 2010).
Con la presente definición, se comprende que el enfoque de este documento
hace referencia a la educación como un derecho fundamental que debe
ejercerse sin discriminación alguna y la visualiza como un esfuerzo institucional
orientado por una visión de largo plazo, sustentada en la necesidad de mejora
en las políticas, normativas y prácticas pedagógicas, pautas de cultura y en los
ambientes escolares que requieran el cumplimiento del derecho a la educación.
75.
5. Comparación entre la Declaración Educación para Todos
Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con
Discapacidad y la Política de Educación Inclusiva
Para facilitar la comparación se ha realizado una tabla que permite observar los
indicadores de comparación entre los tres documentos.
Tabla 1: Tabla de comparación de la educación Inclusiva entre la Declaración
Educación para Todos Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas
con Discapacidad y la Política de Educación Inclusiva.
Indicadores
de
comparación
Declaración
Educación para
Todos (EPT)
Ley de
Equiparación de
Oportunidades
para las
Personas con
Discapacidad
Política de
Educación
Inclusiva
Comentario
Año de
creación
1990 2000 2010
En El Salvador
se observa que
existe diez años
de diferencia en-
tre estos dos de
marcos legales
que favorecen
la inclusión de
las personas con
discapacidad.
Objetivo
Satisfacer las
necesidades de
aprendizaje de
todos los niños,
jóvenes y adultos
para el año 2015.
Es importante
señalar que para
evaluar el progre-
so de la EPT se
establecieron seis
objetivos en el
marco de acción
de Dakar
Establecer el
régimen de equi-
paración de opor-
tunidades para
las personas con
discapacidades
físicas, mentales,
psicológicas y
sensoriales, ya
sean congénitas
o adquiridas.
Contribuir a la
transformación
gradual y efectiva
del sistema
educativo en
términos de
políticas, cultura,
prácticas
pedagógicas
e inversiones
estratégicas que
garanticen el
cumplimiento
del derecho a la
educación para
todas y todos.
Los tres
documentos
contemplan
como objetivos
mejorar las
condiciones de
las personas en
general.
La Declaración
EPT y la política
hacen énfasis
a la educación
como un
derecho miestras
que la Ley como
uno más de
sus apartados,
con especial
atención a las
personas con
discapacidad.
Dirigido a
Todos los niños,
jóvenes y adultos,
en su condición
de seres humanos
tienen derecho a
beneficiarse de
una educación
que satisfaga
sus necesidades
básicas de
aprendizaje.
Personas con
discapacidad
e instituciones
públicas y
privadas en El
Salvador.
Cada niña, niño,
adolescente,
joven y persona
adulta en el
reconocimiento
del derecho que
tienen de recibir
educación oportu-
na y de calidad.
El marco
referencia
internacional
y el nacional
existe una visión
ampliada de
la educación
para a todas
las personas sin
discriminación.
Sin embargo, en
El Salvador los
esfuerzos van
orientados más
a la educación
primaria y básica,
con énfasis en los
niños y niñas.
Marcos de
referencia de
la Educacn
Inclusiva para
personas con
discapacidad
y su incidencia
en la Educacn
Superior en El
Salvador
76.
Propósito
Universalizar
la educación
primaria y reducir
masivamente el
analfabetismo
para finales de
1990.
Propiciar igualdad
de oportunidades
para las personas
con discapacidad
y velar porque
el Estado y la
sociedad en
general cumplan
con los principios
y acciones
establecidos por
esta Ley.
Eliminación
gradual y efectiva
de las barreras
de acceso y de
participación
que impiden el
cumplimiento del
derecho efectivo
a una educación
oportuna, integral,
de calidad y en
condiciones de
equidad.
Todos los
documentos
buscan favorecer
a grupos
socialmente
excluidos,
siendo uno de
estos grupos las
personas con
discapacidad. Sin
embargo, a nivel
nacional se debe
seguir trabajando
para garantizar la
educación a este
sector.
Conclusiones
Después de la comparación entre los tres documentos, se puede concluir los
siguientes puntos:
Hay una visión ampliada sobre la educación como un derecho que se ejerce
a lo largo de la vida para todas y todos, que incluye niños, niñas, adolescentes,
jóvenes y adultos sin discriminación alguna, especialmente para aquellas
personas que pertenecen a grupos socialmente excluidos.
La educación en El Salvador ha integrado, según la Política de Educación
Inclusiva, la visión ampliada de la educación para todos no únicamente los
niños y niñas. Sin embargo, los esfuerzos gubernamentales están orientados a la
educación básica específicamente para esa población.
La exclusión social se vuelve una realidad cuando los grupos tradicionalmente
marginados o vulnerables no pueden gozar plenamente de sus derechos
y libertades. Las personas con discapacidad son parte de estos grupos y ven
obstaculizado su derecho a la educación por factores como la discriminación.
La Ley de Equiparación de Oportunidades para las Personas con Discapacidad
busca establecer las condiciones para evitar la exclusión e igualar las condiciones
que permitan a las personas con discapacidad incorporarse a la sociedad sin
discriminación.
No se cuenta con sistema estadístico que brinde datos rigurosos y comparables
sobre la discapacidad en El Salvador, se desconoce cuántas personas con
discapacidad están en el sistema educativo o fuera de él. Tampoco existen
datos sobre los niveles de educación en los que están inmersos, esto pueden
dificultar la comprensión de la situación de las personas con discapacidad e
impedir que se adopten las medidas necesarias para favorecer a este sector.
En la Política de Educación Inclusiva se hace referencia a la necesidad de
mejora en las políticas, normativas, prácticas pedagógicas, pautas de cultura y
ambientes escolares para el cumplimiento del derecho a la educación, lo cual
sugiere que el marco legal debe estar fortalecido para que integre todas las
leyes y garantice el cumplimiento efectivo de la inclusión de las personas con
discapacidad en la educación.
Este artículo se enmarca como una pincelada en una necesaria reflexión
sobre la inclusión educativa para las personas con discapacidad, más allá
77.
de la educación primaria, la accesibilidad a la educación superior para que
este sector pueda profesionalizarse, tener mejores alternativas en la integración
laboral y goce de una mejor calidad de vida.
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Marcos de
referencia de
la Educacn
Inclusiva para
personas con
discapacidad
y su incidencia
en la Educacn
Superior en El
Salvador
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